España ocultó otros casos como los de Mo Katir que no serán sancionados
Relevo ha tenido acceso a documentación sobre los controles fallidos que no se notificaron a los deportistas ni se registraron ante la Agencia Mundial Antidopaje.
La agencia española antidopaje ocultó controles fallidos a deportistas que no estaban en la localización señalada ante la visita por sorpresa del agente de control. Según documentación a la que ha tenido acceso Relevo, la CELAD (Comisión Española de la Lucha Antidopaje en el Deporte) hizo trampas y ni siquiera registró muchos de los controles fallidos -aquellos que se intentan hacer fuera de competición en el lugar y hora señalado por el deportista- ordenados y planificados por la propia agencia.
Como en el caso de Mo Katir, sancionado por la federación internacional de atletismo (World Athletics, WA) por no comparecer hasta en tres ocasiones en la localización señalada, aquellos deportistas incluidos en el grupo de control de la agencia española antidopaje o de su correspondiente federación internacional deben anticipar trimestralmente su ubicación diaria, especificar los desplazamientos y el calendario de competiciones e incluir las horas disponibles para someterse a controles antidopaje "fuera de competición".
Cuando se les notifica que han sido incluidos en esos grupos de seguimiento, han de incorporar toda esa información al inicio de cada trimestre en su perfil de Adams (Anti-Doping Administration & Management System), la plataforma de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) donde los deportistas pueden informar de un modo sencillo sobre su localización, solicitar una autorización de uso terapéutico (permisos para consumir sustancias prohibidas bajo prescripción médica) o conocer sus resultados de control de dopaje. Adams, además, permite la supervisión por parte del organismo mundial y favorece la coordinación internacional a nivel informativo entre todas las agencias nacionales para evitar, entre otras cosas, controles redundantes.
Para los cambios de última hora, la AMA pone a disposición de los deportistas una aplicación móvil, Athlete Central -disponible para IOS y Android-, con la que se pueden hacer cambios respecto a su paradero en cualquier momento. También permite modificar la conocida como "ventana de localización" (la hora elegida por el propio deportista para poder efectuar los controles fuera de competición), aunque ante la importancia del factor sorpresa en la lucha antidopaje, los controles también se pueden hacer fuera de la hora escogida, entre las 6 y las 23 horas. En ese periodo el deportista ha de estar localizable en el paradero señalado, aunque no sea su hora elegida para los controles fuera de competición.
En caso de acumular en un periodo de 12 meses tres controles fallidos, es decir, aquellos que se intentan hacer fuera de competición pero en los que el deportista no se encuentra en el lugar y hora señalado, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) lo considerará como dopaje y el deportista en cuestión será sancionado en base al Código Mundial Antidopaje. Sin embargo, la agencia española no tramitó numerosos controles fallidos recibidos, por lo que algunos deportistas del grupo de seguimiento, a pesar de tener acumuladas infracciones por incumplimiento de su localización, tienen el contador a cero a la hora de enfrentarse a una posible sanción como la de Mo Katir.
Al no tramitarse, y por tanto, no notificarse al deportista en cuestión, quedaban en el limbo habitual de la CELAD, donde se encuentran también algunos expedientes sin sanción por Pasaporte Biológico, varios cuyo control fue realizado de forma irregular por un sólo agente que impedía la sanción posterior en caso de positivo y otros a los que se le concedió una autorización de uso terapéutico retroactivo para "cubrir" el positivo. La gestión de los últimos años ha dejado un cajón cada vez más grande en el máximo organismo para la lucha contra el dopaje en España.
La tramitación de un fallido: notificación al deportista, alegaciones y registro en Adams
Al recibir la documentación de un control fallido por parte del agente, la CELAD debe, según la normativa española -que se remite en este asunto al Código Mundial Antidopaje y su Estándar Internacional para la gestión de resultados-, tramitar dicho control tan pronto como sea posible. Según el reglamento de la AMA, lo recomendable es que la agencia tramite el fallido en los próximos 14 días desde la fecha del fallo de paradero del deportista para notificarle su ausencia ante un control. Una vez comunicada, el deportista dispone también de un plazo de 14 días para admitir el fallo de paradero o bien dar una explicación. Si la agencia estima oportuna la justificación, dejará constancia su decisión en Adams. De lo contrario, si considera que se cumplen los requisitos para considerarlo fallido, se notificará al deportista su resolución y se registrará el fallido.
Además, la normativa señala que si la organización antidopaje no tramitara un control fallido, y por tanto, no se lo notificara al deportista para que pudiera alegar, cualquier test fallido posterior quedaría neutralizado por esa irregularidad, tal y como ocurrió en el caso de Adel Mechaal. El atleta, sancionado en 2017 como Mo Katir por acumular tres incomparecencias en su localización durante un año, recurrió al Tribunal de Arbitraje Deportivo Internacional (TAS). "El segundo control fallido que se intentó realizar al atleta tuvo lugar el 24 de enero de 2016, es decir, cinco días antes de que el atleta efectivamente tuviera conocimiento de su primer examen fallido" fue lo que recogió el Tribunal en su resolución con la que absolvió al Mechaal a pesar de que el TAS fue consciente de que el atleta "puso en evidencia que su manera de actuar denota un preocupante desconocimiento de sus obligaciones en materia de localización/paradero".
Sin embargo, Relevo ha tenido acceso a documentación que evidencia que la CELAD, bajo la indicación de Jesús Muñoz-Guerra, responsable del Departamento de Control del Dopaje, ocultó de forma arbitraria fallidos de deportistas que deberían haber quedado registrados en Adams y, en algunos casos, hubieran motivado una sanción al acumular más de tres infracciones por incumplimiento en la localización en un periodo de 12 meses. Es decir, hay deportistas españoles que deberían haber sido sancionados como Mo Katir pero la gestión de la agencia española antidopaje lo impidió.
Ante controles fallidos sin tramitar durante meses a pesar de que la recomendación era de14 días para la gestión administrativa, la orden de Muñoz-Guerra era clara: "Con el tiempo que ha pasado, en este caso, le podríamos levantar la infracción", llegó a indicar. En otros casos, en cambio, simplemente resolvían con una notificación de oficio tras un email informal de un deportista alegando que sus claves en Adams no funcionaban y, por tanto, no pudo cambiar la localización en su perfil. Lo extraordinario es que dicha notificación que "perdonaba" el fallido llegaba al deportista cerca de un año después y sin haber seguido el cauce oficial en su tramitación: "A la vista de las alegaciones presentadas se ha resuelto dicho caso considerando que no se contabilizará dicho control como fallido". Como estos ejemplos, son numerosos casos en los que el contador del deportista, a pesar de no estar localizable en el paradero y hora que había elegido previamente, quedaba, de nuevo y de forma arbitraria, a cero.
Otro de los patrones que seguía Jesús Muñoz-Guerra al frente del Departamento de Control de Dopaje y María del Mar Plata como responsable de la Unidad de Evaluación de Resultados ante los controles fallidos era indicar a los agentes de control desplazados a las localizaciones señaladas por los atletas en seguimiento que esperaran en el paradero indicado hasta conseguir hacer el test al deportista en cuestión aunque se hubiera superado la conocida como "ventana de localización", es decir, el tiempo reglamentario en el que el propio deportista se compromete previamente a estar en ese paradero concreto. En ocasiones, incluso, la misión se prolongaba varios días hasta que el control se podía realizar.
Aunque los agentes, tal y como indica el reglamento, enviaban el formulario de intento fallido completo con las correspondientes evidencias ante la ausencia del deportista, en numerosas ocasiones se les indicaba que hicieran el control posterior bajo el mismo "número de misión". Esta sería una práctica correcta en base al reglamento siempre y cuando se tramitaran posteriormente ambos controles, el fallido y el que finalmente se podía realizar. Pero en ocasiones no fue así y la agencia española antidopaje sólo registró el control realizado y no el test fallido por incomparecencia del deportista.
Una clave: las cantidades abonadas por los controles fallidos eran mucho menores que los pagos por los test realizados
Algunos de los deportistas con los que se ha puesto en contacto Relevo aseguran que durante la hora señalada para realizar el control, algunos agentes insisten mucho por teléfono hasta que les localizan. Incluso confirman que, en ocasiones, si les localizan por esta vía aunque no se encuentren presencialmente en el paradero indicado, quedaban con ellos y hacían el control. "Insisten mucho". Sin embargo, está práctica está prohibida por el Código Mundial Antidopaje pues permitiría la toma de un enmascarante, habitualmente diuréticos, que neutralizarían la presencia en el organismo de sustancias prohibidas y por tanto, pondría en jaque la lucha antidopaje en nuestro país.
Pero, ¿por qué el agente de control decidía saltarse el reglamento? Esta "flexibilidad" evidencia una de las grandes fisuras entorno a los controles fallidos: la compensación económica que reciben las empresas adjudicatarias encargadas de realizar los controles. Según ha podido confirmar Relevo, el pago de la agencia española antidopaje a las compañías por los controles fallidos es mucho menor que por los controles realizados. Por esta razón, compañías como PWC pedían a sus agentes que insistieran hasta realizar el test para poder facturar el control realizado en lugar de un test fallido, pues el montante económico se veía reducido a una cantidad inferior a la mitad de lo que se abona por el control de dopaje realizado.
Sin embargo, algunos agentes y empresas responsables de la realización de los controles rechazaban esa posibilidad. Conocían el reglamento y sabían que esa praxis estaba prohibida. En esos casos la indicación de la agencia cambiaba: la orden era que enviaran el formulario del control fallido y el del control realizado, eso sí, bajo el mismo número de misión. De esta manera, aunque la CELAD abonaba ambos controles, a efectos de la Agencia Mundial Antidopaje y de forma arbitraria, en algunos casos sólo registraban el realizado y, por tanto, no se contabilizaba a efectos sancionadores dentro de las tres ocasiones que un atleta puede incurrir en incumplimiento de la localización señalada durante 12 meses.
⚠️Deportista, Recuerda: Si perteneces a un Grupo Registrado de Control, debes informar sobre tu "Ventana de Localización" 🕒🌍📲
— CELAD (@CELAD_esp) February 8, 2024
Tres fallos de localización en un periodo de 12 meses implican una Infracción de la Normativa Antidopaje.
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Infórmate, es tu Responsabilidad 👇… pic.twitter.com/CmT18YqjEw
Ante la suspensión provisional de Mo Katir el pasado 7 de febrero, la CELAD se apresuró a poner en su perfil de la red social X un mensaje sobre la responsabilidad de los deportistas que pertenecen a los grupos de control sobre las ventanas de localización y la infracción que supondría tres fallos de paradero en un periodo de 12 meses. La teoría parece que la tienen clara, aunque la práctica de los últimos años de saltarse sistemáticamente el propio reglamento ha dejado en entredicho, de nuevo, la lucha antidopaje en España. Hay deportistas que, a pesar de acumular controles fallidos, a efectos sancionadores tienen el contador a cero por la falta de tramitación de la agencia o la arbitrariedad para resolver, de forma oficiosa en ocasiones, algunos de los intentos fallidos al realizar un control de dopaje.
La realidad es que hasta este mes de febrero había que remitirse a principios de 2016, antes de la llegada de José Luis Terreros a la dirección de la CELAD, para encontrar la última sanción de un deportista de élite en España. Tampoco por infracciones cometidas en torno a su localización. Ya sea por desinterés o connivencia de las instituciones, pues desde entonces pasaron hasta seis ministros diferentes por el cargo y seis secretarios de Estado para el deporte, la CELAD ha generado una estructura absolutamente enfocada a cubrir positivos para que el historial español por dopaje estuviera "limpio" desde entonces. El escándalo destapado por Relevo al que ahora se suma la cuestionable gestión de los controles fallidos dejan en evidencia al mayor organismo en la lucha contra el dopaje de nuestro país. Silvia Calzón, recién llegada tras la abrupta salida de José Luis Terreros, tiene trabajo por delante.