ATLETISMO | DOPAJE

Expediente Majida: el entramado internacional que permitió cubrir un positivo por dopaje un año después

La investigación de Relevo en el caso de la maratoniana Majida Maayouf evidencia las fisuras de un sistema internacional que permitió al antidopaje español neutralizar un positivo un año después.

Majida Maayouf durante un entrenamiento en Álava. /El Correo
Majida Maayouf durante un entrenamiento en Álava. El Correo
Natalia Torrente
José M. Amorós

Natalia Torrente y José M. Amorós

El Código Mundial Antidopaje es claro: en aras de la justicia deportiva justa y efectiva, las organizaciones antidopaje deberán concluir la Gestión de Resultados dentro de los seis meses posteriores a la notificación (Artículo 4.2). Pero... ¿se cumple siempre el Código y, por tanto, se consigue la mencionada justicia deportiva?

El caso de la maratoniana Majida Maayouf, atleta de origen marroquí asentada en Álava desde hace 12 años y recién nacionalizada el pasado mes de junio, por el que ha preguntado Relevo al máximo organismo mundial antidopaje (AMA, Agencia Mundial Antidopaje), a la agencia española (CELAD, Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte), y a la federación española (RFEA, Real Federación Española de Atletismo) e internacional de atletismo (WA, World Athletics), refleja todo lo contrario. Nadie sabía nada y la pelota iba pasando de un tejado a otro.

A medida que reclamábamos las razones por las que se otorgó el permiso (Autorización de Uso Terapéutico, AUT) para la administración de terbutalina (un medicamento que se usa para prevenir los síntomas agudos del asma, la bronquitis crónica y el enfisema pulmonar), sustancia prohibida, un año después de dar positivo y con una retroactividad de 18 meses, comenzaron las explicaciones para justificar algo inapelable: el Código Mundial Antidopaje no se cumplió. Vamos paso a paso.

8 de noviembre de 2020. Majida Maayouf compitió en la carrera de 10 kilómetros en ruta del Laufszene Invitational Run en Dresde, Alemania. Quedó en segundo lugar, con un tiempo de 33:27. Un paso más para prepararse en su objetivo: mejorar su marca personal en los 42.195 metros del maratón que le permitiera el salto a la élite internacional. En esa prueba Maayouf fue sometida a un control antidopaje al azar realizado por la Agencia Alemana Antidopaje (National Anti Doping Agency of Germany - NADA), según confirma a Relevo el propio estamento, responsable de los test en la carrera. El resultado de Majida fue positivo, o como se llama técnicamente, obtuvo un resultado analítico adverso.

José Luis Terreros, director general de la agencia española antidopaje, quien en un primer momento desconocía cualquier detalle del caso, aseguró a Relevo que recibieron el encargo para ser la autoridad de gestión del resultado de la federación internacional el 4 de diciembre de 2020, y la Agencia Mundial Antidopaje refrendó que así debía ser el 13 de diciembre del mismo año. ¿La razón? Majida Maayouf, a pesar de ser de origen marroquí, competía con licencia de la federación española.

Raúl Chapado, presidente del atletismo español, miembro del Consejo Rector de la Agencia Española Antidopaje y presidente de la Comisión de Competición de la federación internacional, con quién también contactó Relevo, aseguró que no conocía absolutamente nada de este caso y, es más, se extrañó de que, siendo Maayouf marroquí, se hubiera encargado a la agencia española. Por contra, muchos atletas con los que ha podido hablar Relevo sí conocían el runrún sobre el caso de Majida, que después fue nacionalizada.

Tras el mandato de la federación internacional, según la agencia española, tomaron el control de la gestión cuando recibieron el positivo, pero no se sentían seguros de su potestad. Por ello, pidieron a la agencia alemana un certificado que garantizara que el procedimiento cumpliera su legislación y a la federación internacional un certificado que acreditara que la deportista no era considerada atleta de nivel internacional, pues en ese caso, sería la federación internacional la que se debería encargar de la gestión del positivo.

La federación internacional, siempre según la agencia española antidopaje, finalmente envió dicho certificado. Concretamente el 29 de junio de 2021. Sin embargo, la agencia española no ha podido precisar la fecha en la que hicieron esa petición durante esos siete meses. Lo que sí ha podido saber Relevo es que el máximo organismo antidopaje español pidió a la federación española información sobre Majida en junio de 2021.

Está claro que, bien por pedirlo meses más tarde o porque la federación internacional respondiera con demora, para la petición y expedición de ambos certificados se tardó siete meses. Más tiempo del que el Código Mundial exige para resolver un positivo, cuando esos certificados fueron solicitados y emitidos por algunas de las instituciones que más deberían velar por el cumplimiento del reglamento: la agencia española antidopaje y la federación internacional de atletismo.

Ocho meses después del positivo, ya en julio de 2021, el Departamento de Control del Dopaje (DCD), dirigido por Jesús Alberto Muñoz-Guerra Revilla, abrió diligencias previas e informaron a la deportista. Majida Maayouf, de 34 años, tenía informes que prescribían la administración de terbutalina, según la agencia, desde marzo de 2020. Pero, o bien se olvidó de pedir el permiso previo que justificara su administración, o bien desconocía que fuera una sustancia prohibida. 

Al ser conocedora del positivo de forma oficial, Maayouf solicitó el 27 de julio de 2021 el permiso con carácter retroactivo, algo que permite el reglamento español sólo en dos casos: ante una situación de emergencia o enfermedad grave, si presentas la información médica en los diez días siguientes al tratamiento; o cuando no hubiera habido ni tiempo ni oportunidades suficientes para solicitarla previamente.

Majida no cumplía ninguno de los requisitos, pero aún así el Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico(CAUT), presidido por Juan José Muñoz Benito, lo autorizó el 2 de noviembre de 2021.Previamente, siempre según la agencia, se le reclamó aportar nuevas pruebas médicas para completar los primeros informes presentados procedentes de Marruecos, esta vez del Servicio Vasco de Salud. Los entregó y, finalmente, obtuvo la autorización con carácter retroactivo de un año y medio. Desde el 26 de marzo de 2020 cuando, según la agencia española, Majida presentó sus primeros informes, hasta la fecha de la emisión del permiso, el 29 de octubre de 2021.

Al tener autorización no hubo expediente sancionador, y la maratoniana siguió compitiendo en los años posteriores al test de Dresde con una mejoría extraordinaria en sus marcas. En tan sólo tres años, ha bajado más de doce minutos desde los 2:33:12 de la Maratón de Valencia en 2019 (1 de diciembre) a los 2:21:01 de la misma carrera en 2022 (4 de diciembre).

Pero... ¿quedó realmente justificado el positivo? Lío con la fecha de la autorización

Siempre que se abren diligencias previas por el Departamento de Control del Dopaje o el Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico concede un permiso, se debe reflejar en Adams (por sus siglas en inglés, Sistema de Administración y Gestión Antidopaje). Se trata de una base de datos que desarrolló la agencia mundial para estar al tanto de la evolución de cada positivo registrado.

El expediente de Maayouf se abrió, según la agencia española, el 28 de julio de 2021, después de que Jesús Alberto Muñoz-Guerra Revilla, director del Departamento de Control del Dopaje, abriera diligencias previas y se lo comunicara a la atleta. El 2 de noviembre un administrativo del Comité de autorizaciones introdujo en el sistema el permiso concedido. ¿Cómo es este proceso? Se adjunta el documento firmado por el director, Muñoz Benito, y se rellenan las casillas en el expediente con las fechas contempladas en el escrito. Sin embargo, esa autorización inicialmente registrada tenía una fecha de entrada en vigencia del 21 de marzo de 2021, de manera que el positivo de Majida en Dresde no quedaría cubierto.

Según José Luis Terreros, el administrativo habría cometido un error mecanográfico, que Muñoz-Guerra Revilla, director del Departamento de Control Antidopaje, corrigió ocho días después en el sistema. Modificó la fecha de entrada en vigor en la casilla correspondiente el 10 de noviembre de 2021. Así quedaría acreditada la autorización a posteriori desde un año antes a la fecha inicialmente introducida. El 26 de marzo de 2020, ya previo al test de Majida en Dresde.

En este punto hay un detalle relevante: el Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico al valorar una petición no conoce si un deportista ha tenido un positivo o no, sino que sólo evalúa la situación médica padecida.

Pero más allá del sistema y la modificación de la fecha de entrada en vigor, ¿hay un permiso firmado por Muñoz Benito, el director del CAUT, con fecha de entrada en vigor en 2020? ¿O sólo fue modificada la fecha de entrada en vigencia en el sistema por Muñoz-Guerra? Es lo que nadie ha podido acreditar todavía a Relevo. Ni la agencia española antidopaje; ni el máximo organismo mundial; ni la propia deportista a través de su asesor legal, Borja Calleja; o Miguel Ángel Mostaza, su mánager, quien nos advirtió de los problemas personales y legales que nos podría causar esta publicación cuando un organismo público ya nos había indicado de que se trataba de un error administrativo.

Tampoco Juan José Muñoz Benito, quien tendría que haber firmado la nueva autorización junto a un escrito de rectificación, o Jesús Alberto Muñoz-Guerra, quien lo modificó en el sistema, ambos ilocalizables por Relevo. El escrito de rectificación y el documento del permiso firmado con la fecha correcta también se deberían haber incluido en el sistema, más allá de la modificación de la fecha en su correspondiente casilla. 

En caso de que no existiera, Majida sólo tendría un permiso retroactivo desde el 26 de marzo de 2021 y, por tanto, tendría un positivo anterior sin sanción. Si el documento apareciera firmado por Muñoz Benito con una fecha de entrada en vigor de 26 de marzo de 2020, estaríamos ante la concesión de una autorización con año y medio de retroactividad.

En ninguno de los casos se cumpliría el Código Mundial Antidopaje, que vela por la justicia deportiva. Circunstancia que evidencia las fisuras de la Agencia Mundial Antidopaje y su sistema de control para llevar a cabo su función: la supervisión de los positivos. Nadie en la AMA habría alertado aún de que el documento adjunto en el expediente de Maayouf no coincidiría con la fecha cambiada en el sistema, o que estaríamos ante una autorización con una retroactividad de año y medio.

Más allá, Majida Maaoyuf ya ha encontrado alternativas terapéuticas a la terbutalina, y según aseguran desde la agencia española antidopaje, aunque trató de renovar su permiso que concluía un año después de su emisión, el 26 de octubre de 2022, consideraron que ya no era necesario.

Todo este asunto deja aún muchas dudas por despejar. ¿Por qué Majida no solicitó un permiso previo, si tenía prescripción médica por terbutalina, y lo hizo después del test de control de Dresde? ¿Por qué las instituciones, nacionales e internacionales, no trabajaron para cumplir los plazos que exige el Código Mundial Antidopaje en aras de la justicia deportiva? ¿Es posible emitir una autorización de carácter retroactivo año y medio después? ¿Se puede cubrir un positivo un año después de conocerse por el laboratorio de la autoridad de control?

Preguntas que, pese a la insistencia de Relevo, aún siguen sin respuesta por parte de las instituciones pertinentes: la Agencia Mundial Antidopaje; la Federación Internacional de Atletismo;, la propia deportista, Majida Maayouf; y el máximo organismo en España contra el dopaje.La justicia deportiva en la lucha contra el dopaje queda en entredicho. Más aún cuando la Agencia Mundial Antidopaje ha actualizado este 2023 la norma internacional para Autorizaciones de Uso Terapéutico y tampoco contempla esta posibilidad en la retroactividad.