DOPAJE

España "justificó" todos los positivos por dopaje en fútbol durante cinco años

Relevo ha accedido a documentación confidencial que acredita que la agencia española antidopaje archivó por "justificación médica" 11 positivos en fútbol que recibió del laboratorio de 2017 a 2021.

Imagen del análisis de muestras de controles antidopaje en el laboratorio. /EFE/Durand Florence
Imagen del análisis de muestras de controles antidopaje en el laboratorio. EFE/Durand Florence
Natalia Torrente

Natalia Torrente

España justificó, al menos durante cinco años, todos los casos por dopaje en fútbol. De los 12 positivos que aparecen en los informes anuales de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA, por sus siglas en inglés), la agencia española antidopaje (CELAD, Comisión Española de la Lucha Antidopaje en el Deporte) resolvió uno por contaminación, conmutando una sanción de cuatro años por un mes y 3.000 euros —el expediente de Raúl de Tomás que desveló Relevo— y archivó el resto por "justificación médica", sin siquiera abrir el correspondiente expediente sancionador.

Desde 2017, cuando José Luis Terreros fue nombrado nuevo director de la agencia española antidopaje por José Ramón Lete, hasta 2021, no hay ningún expediente abierto por dopaje en fútbol a pesar de que la agencia recibió por parte del laboratorio el análisis de 12 positivos: dos en 2017, dos en 2018, tres en 2019, cuatro en 2020 y uno en 2021.

Relevo ha accedido a documentación confidencial que acredita que durante ese periodo únicamente en el caso de Raúl de Tomás se abrió expediente sancionador. Su positivo en ostarina, aunque el futbolista nunca probó la ingesta del producto, se resolvió por contaminación, con un castigo simbólico de un mes sin competir y 3.000 euros, cuando el reglamento establece cuatro años. Los otros 11 casos por dopaje en fútbol se archivaron por "justificación médica".

¿Pueden tener los deportistas justificación médica para usar una sustancia dopante?

Más allá de los datos, de por sí reveladores, es importante recordar cómo funciona el sistema antidopaje, no sólo en España, sino a nivel mundial bajo la supervisión de WADA. Para tratar sus patologías o lesiones, los deportistas en ocasiones necesitan tomar algunos medicamentos que contienen sustancias consideradas "prohibidas" por el Código Mundial Antidopaje. En ese caso, deben pedir una Autorización de Uso Terapéutico (AUT).

Funcionamiento del sistema antidopaje a nivel mundial.  Relevo
Funcionamiento del sistema antidopaje a nivel mundial. Relevo

Tras la solicitud por parte del deportista, el Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico (CAUT), un órgano conceptualmente independiente de la agencia antidopaje, evalúa la documentación aportada y en caso de considerar el tratamiento, si no hay una alternativa terapéutica (otra sustancia alternativa que no sea prohibida para el tratamiento de la lesión o enfermedad que padece), concede un permiso para consumir, de forma provisional o prolongada en el tiempo (según la patología), la sustancia prohibida en cuestión.

Sólo en situaciones de emergencia el deportista puede solicitar una AUT con carácter retroactivo, es decir, a posteriori, en los siguientes diez días tras usar una sustancia prohibida, que también valora el CAUT. En caso de dar positivo después —los resultados del laboratorio suelen llegar a las tres semanas desde la realización del control— y tratándose de una situación excepcional, si se le concede, estaría cubierto con su AUT correspondiente.

El procedimiento regular ante un positivo que debe seguir cualquier agencia antidopaje pasa por mirar si el deportista en cuestión tiene una AUT. En caso de tenerla para el consumo de la sustancia por la que ha dado positivo, se trata como un control más, como si el resultado fuera negativo. Si no la tiene, debe abrir expediente sancionador.

¿Por qué la CELAD no tramitó ninguno de los expedientes?

Con los positivos recibidos por el laboratorio de los controles antidopaje realizados en el fútbol —salvo el mencionado de Raúl de Tomás—, la agencia española no siguió el protocolo ni cumplió el reglamento. En todos ellos, tras abrir únicamente diligencias previas, aceptó las explicaciones recibidas como una "justificación médica" por parte de los futbolistas. Ni siquiera se abrió expediente sancionador. Se archivaron todos como si no hubieran ocurrido. Y no se supo nada de ello porque los positivos no sancionados o con castigos menores a 6 meses no aparecen en el portal de Sanciona2.

En algunos casos, desde la agencia española antidopaje recomendaron solicitar una AUT retroactiva para justificar el resultado positivo del control, eso sí, fuera de plazo, cuando el deportista ya había dado positivo y sin ser una situación excepcional. Algo que también va en contra del Código Mundial Antidopaje.

Pero, ¿está permitido archivar los expedientes por "justificación médica"? La respuesta es categórica: no. Aquellos deportistas que necesitan, por prescripción médica, usar una sustancia prohibida deben solicitar previamente a la CELAD una Autorización de Uso Terapéutico (AUT). Si no se solicita y se acredita debidamente, la "justificación médica" posterior carece de validez salvo que sea una situación de emergencia, que no es el caso.

En los últimos años, aunque tan sólo hay datos de 2017 y 2023 en las memorias anuales de la CELAD, el fútbol fue el segundo deporte al más AUT se concedió en 2017, con 46 (14%) y el que lideró el ranking en 2023, con 117 (30%). Los futbolistas y sus servicios médicos saben que para el tratamiento terapéutico con una sustancia dopante hay que solicitar previamente una AUT.

El proceder de la CELAD al archivar los casos en fútbol fue contra su propio reglamento y aprovechó, además, la ambigüedad, opacidad y ostracismo del sistema —bajo la manida recurrencia de la protección de datos— para evitar rendir cuentas. Sin datos, nadie sabe y nadie pregunta. ¿Acaso no se respetaría la protección de datos de los deportistas si se colgaran en la web de la CELAD, tal y como hace el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), las resoluciones de los expedientes con los datos anonimizados? ¿Se incumpliría la legalidad si se compartieran con rigor los datos estadísticos de positivos, las sustancias detectadas, las AUT concedidas y los expedientes correspondientes a cada deporte?

El positivo del Papu Gómez, el único en seis años con la sanción correspondiente

En 2022, en cuanto a fútbol se refiere, la CELAD tan sólo recibió un positivo. El del Papu Gómez. Su caso, también desvelado en exclusiva por Relevo, fue resuelto con una sanción de dos años a pesar de que sus alegaciones recogían un consumo accidental de la terbutalina. A la espera de que el TAS (Tribunal Arbitral du Sport) resuelva el recurso presentado—, el futbolista está inhabilitado desde el pasado 18 de octubre de 2023 hasta la misma fecha de 2025.

Entre el resto de positivos por dopaje en fútbol durante los cinco años (2017-2021), 11 en total, se encuentra el de Eteki Yan, también desvelado por este medio allá por el mes de febrero. El futbolista dio positivo en betametasona tras un partido, un glucocorticoide cuya administración, según establece el Código Mundial Antidopaje, está prohibida en competición por varias vías, entre ellas cualquiera que sea inyectable. A pesar de que los servicios médicos del Almería UD reconocieron haberla suministrado por esa vía a pesar de que el futbolista no había solicitado una Autorización de Uso Terapéutico, ni siquiera con carácter retroactivo, en la CELAD archivaron el caso. Además, la cronología del caso desveló que fue un chivatazo por parte de la agencia española antidopaje, pues el futbolista no había descargado las comunicaciones, lo que desencadenó las alegaciones por parte del club.

Aunque desde el Consejo Superior de Deportes (CSD) se resisten a adoptar medidas disciplinarias sobre la gestión de la agencia en aquellos años, lo cierto es que la tramitación de los expedientes sancionadores y la transparencia brilló por su ausencia. ¿Por qué no se sancionaron los positivos en el fútbol? El archivo de los positivos por "justificación médica" sólo deja una conclusión: que la agencia española antidopaje no veía dopaje en el consumo de sustancias prohibidas, sino salud. Y más allá de eso. ¿No hay dopaje en el fútbol o es que no se castiga el dopaje en el fútbol?