El Comité tumba de un plumazo la petición de Simeone sobre Courtois: "En ningún caso es susceptible de justificar..."
Competición reveló en la resolución que el Atlético alegó actos previos para evitar o reducir la sanción del cierre parcial.
El Comité de Competición y Disciplina ha hecho pública este miércoles su resolución sobre los hechos acontecidos en el derbi madrileño del pasado domingo. El Atlético de Madrid, responsable de los comportamientos de su hinchada en función del artículo 15 del Código Disciplinario, se enfrenta ahora a una multa de 45.000 euros, además del cierre parcial de siete sectores de su grada para los tres próximos partidos. El club tiene aún diez días hábiles para presentar alegaciones, si bien ya le han tumbado el primer recurso de un plumazo.
En la resolución, en ningún momento se hace referencia a cuál es el recurso que ha presentado el Atlético de Madrid, pero sí se sobreentiende que han buscado eximir responsabilidad argumentado un comportamiento provocador de Thibaut Courtois. El belga celebró el gol de los suyos mirando hacia la grada, aunque minutos antes desde el Frente Atlético cantaron un "Courtois, muérete" repetido en varias ocasiones. Más allá de los hechos, el Comité ha querido dejar claro que nada de lo que ocurrió anteriormente sirve para que la inaceptable actitud de sus 'aficionados' sea justificada.
Concretamente, así está expuesto en el cuarto de los fundamentos jurídicos presentados en la resolución:
"Teniendo en cuenta todas estas circunstancias, cabe colegir que, aunque se trate de la acción de una parte nada representativa de los aficionados del club, por parte del Atlético de Madrid no se adoptaron las medidas suficientes para prevenir unos incidentes tan graves en la propia acción multitudinaria y en su resultado o, cuando menos, las medidas que se adoptaron no fueron las idóneas para un partido de especial rivalidad de una competición profesional de primer nivel como es la Primera División de una de las ligas más importantes del mundo.
En todo caso, estos hechos objetivos resultan absolutamente inaceptables, no pudiendo admitirse las alegaciones del Club Atlético de Madrid respecto de cualquier tipo de actos anteriores, que no resultarían en ningún caso susceptibles de justificar los mismos.
Aun cuando, en su escrito de alegaciones, el Club Atlético de Madrid se refiere a la identificación de alguna persona y a la puesta a disposición de las autoridades para colaborar en la identificación de otros posibles autores de los hechos, se trata de medidas no preventivas y, por tanto, reactivas llevadas a cabo como consecuencia de unos hechos consumados, que ya han producido unas graves consecuencias deportivas y repercusión mediática que a estas alturas son irreparables.
Este Comité valora positivamente las actuaciones realizadas por el Club con posterioridad a la producción de los hechos, si bien considera que las mismas son insuficientes, hasta que se consiga la total identificación de todos los espectadores implicados.
En este orden de cosas, los hechos resultan subsumibles en el artículo 76.2.a), en relación con el artículo 15, del Código Disciplinario de la RFEF. De conformidad con las sanciones previstas en el citado artículo 76, y en virtud de cuanto antecede, el Comité de Disciplina, considera, dada la gravedad de los hechos, imponer tanto una sanción de clausura parcial del recinto deportivo, en todo el sector del fondo sur al que se refiere el acta arbitral, así como una sanción de carácter pecuniario".
#ÚltimaHora ‼️ El Comité acuerda el cierre parcial del Metropolitano tres partidos.
— Relevo (@relevo) October 2, 2024
▪️ El Juez entiende que el Atleti no ha adoptado medidas preventivas para evitar el lanzamiento de objetos, sino reactivas.
✍️ @JonasPerezEhttps://t.co/TZBNowAwe4
Expuesta la argumentación del Comité, conviene explicarla punto por punto. En primer lugar, considera que el Atlético de Madrid no puso de su parte para prevenir los incidentes regulando el control de entrada a esa zona del estadio. Por ejemplo, aunque no lo mencione, uno de los asuntos más comentados de la semana es cómo es posible que varios de los allí presentes portaran un pasamontañas con total impunidad.
El asunto más llamativo de la resolución llega en el segundo párrafo, donde el Comité expone que el Atlético de Madrid ha alegado actos anteriores como una especie de justificación al comportamiento de los ultras. Tampoco hace referencia a los hechos en concreto, si bien apunta a ser lo de Courtois. Tendría lógica que así fuera después de que Diego Pablo Simeone hubiera hablado abiertamente del tema en comparecencia de prensa.
Estas fueron las palabras del argentino: "La gente que ha cometido esos incidentes, el club tendrá que tomar una decisión. No necesitamos a esa gente en nuestra tribuna, necesitamos de la gente que nos impulsa, que nos apoya, que piensa en el club y en el equipo. Eso no justifica el generar las situaciones que se generan, porque nosotros como protagonistas también podemos ayudar a que no sucedan esas cosas.
La gente no reacciona porque sí, reacciona por algo. Eso no justifica que eso esté bien, pero cuidado que también podemos empezar a sancionar a nosotros protagonistas que cargamos a la gente, incitamos a la gente y que, como somos protagonistas, no pasa nada, y el que está fuera, mirando el partido, me estás cargando y no pasa nada. No justifica, pero cuidado con lo que nosotros generamos. Sanción al que provoca, así equilibramos".
Unos hechos que el Comité no comparte en absoluto, no por no condenar a Courtois, donde no entra, sino considerando que esto no puede justificar ni mucho menos que se lanzaran objetos desde el fondo de forma reiterada. Tampoco cree que el Atlético de Madrid haya hecho suficiente para poner fin a esta clase de incidentes ocurridos en su fondo. Lo califica de "medidas no preventivas y, por tanto, reactivas".
A continuación es más contundente: "Este Comité valora positivamente las actuaciones realizadas por el Club con posterioridad a la producción de los hechos, si bien considera que las mismas son insuficientes, hasta que se consiga la total identificación de todos los espectadores implicados". Un relato demoledor para explicar jurídicamente una sanción que traerá cola. El Atlético, eso sí, podrá reclamar.