La Agencia Mundial Antidopaje no recurre el 'Caso Sinner', que quedaría totalmente absuelto
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) no ha recibido recurso alguno de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) por lo que la resolución dejaría al tenista italiano sin sanción.
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por sus siglas en francés) no ha recibido, según avanza Il Corriere y ha podido confirmar este medio, ningún recurso por parte de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) tras la sentencia que absolvió a Jannik Sinner por su positivo durante el torneo de Indian Wells -que se disputó del 6 al 17 de marzo de este año- en clostebol, una sustancia prohibida según el Código Mundial Antidopaje,
La decisión del máximo organismo internacional en la lucha contra el dopaje dejaría al tenista italiano totalmente absuelto de cualquier cargo de dopaje después de que la Federación Internacional de Tenis (ITF, por sus siglas en inglés) exonerara a Sinner de toda responsabilidad tras la sentencia de un tribunal independiente. La clave fue que la defensa del tenista alegó que no se había contaminado directamente, sino a través de su fisioterapeuta, quien tras usar la crema Trofordermin -que contiene colstebol- para tratar una herida en su mano, luego le trató sin los guantes correspondientes.
Sin embargo, la AMA ha confirmado a Relevo que los 21 días que tienen para apelar aún no han transcurrido. Según el Código Mundial Antidopaje, la fecha límite de apelación para la AMA sería de 21 días a partir del último en el que cualquiera de las otras partes legitimadas para hacerlo pueda haber apelado, es decir, el 6 de septiembre. Pero el organismo internacional se acoge al segundo escenario, que también recoge la biblia del antidopaje, que indica que el plazo terminaría 21 días después de la recepción por parte de la AMA del expediente completo relativo a la decisión. Por tanto, aseguran a Relevo que "la revisión de este caso por parte de Wada está en curso. Aún no se ha tomado ninguna decisión al respecto".
Sorprendería que la AMA no recurriera, más cuando la patinadora española Laura Barquero, que dio positivo el 18 de febrero de 2022 durante los Juegos de Invierno de Pekín por la misma sustancia, fue suspendida provisionalmente y su caso aún está pendiente de resolverse tras el recurso que el organismo interpuso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS). El organismo internacional movió ficha después de que Barquero alegara, a través de su defensa con Gorka Villar -hijo del expresidente de la RFEF, Ángel María Villar-, la misma explicación de Sinner: la presencia de este componente en su orina pudo deberse a una "contaminación accidental" con Trofodermin, una crema cicatrizante que contiene acetato de clostebol, que se aplicó para curar una herida provocada por un corte entre los dedos con un patín.
Ante sus explicaciones, la Unión Internacional de Patinaje (ISU, por sus siglas en inglés) consideró que su consumo no fue "intencional" pero sí "negligente", es decir, accidental, e impuso a la patinadora la mínima sanción posible: un año. Finalmente, Barquero se retiró a sus 23 años aunque su caso está pendiente de resolver después de que la AMA pidiera para ella ante el tribunal internacional la sanción máxima de cuatro años.
En el caso de Sinner, la ITIA (la unidad de integridad de la Federación Internacional de Tenis, por sus siglas en inglés) entiende que el deportista no tiene culpa alguna ya que no fue él quien se aplicó el Trofodermin, sino que llegó a él a través de su fisioterapeuta al realizarle un masaje. Eso implica que Sinner no tuvo una conducta negligente per se, cosa que sí ocurrió en el caso de Laura Barquero.
Pero, ¿científicamente es creíble?
Más allá de la arbitrariedad con la que se aplica el Código Mundial Antidopaje, hay una explicación científica. En el caso de Barquero, sabemos que se le detectó en el control antidopaje una concentración de clostebol de 0,5 nanogramos por mililitro de sangre. En el caso de Sinner fue de 0,1. ¿Es razonable, científicamente, esas cantidades tras el uso del medicamento?
Relevo se puso en contacto con Jordan Santos Concejero, biólogo, doctor en Fisiología del Ejercicio por la Universidad del País Vasco UPV/EHU y responsable del comité antidopaje de la Asociación de Clubes de Traineras, es uno de los grandes especialistas en materia antidopaje de nuestro país y su análisis, especialmente revelador: "En ambos casos, en los resultados analíticos adversos no se encontró clostebol sino el metabolito del clostebol M1. El clostebol como tal tiene una vida media muy corta, de apenas 8 horas, con lo que desaparece muy rápido del organismo. Sin embargo, sus metabolitos duran mucho más tiempo y es por eso que se buscan los metabolitos y no el clostebol per se", explica.
¿Y si se aplica a través de la crema Trofordermin, como en ambos casos? "Una aplicación única de 5mg de clostebol acetato, que es la forma en la que se encuentra en el Trofordermin, puede ser detectable por medio de sus metabolitos hasta 160 horas después de su administración. Los metabolitos muestran un pico a las 24 post- administración y caen abruptamente hasta las 72 horas, donde ya la curva se aplana progresivamente hasta que se hace indetectable", prosigue. "Que aparezcan cantidades mayores o menores depende del tiempo que ha pasado de la administración hasta la toma de la muestra para el análisis. A Sinner le encontraron 121 pg/mL del metabolito M1 en el primer control y 122 pg/mL en el segundo control con 8 días de diferencia. Si lo ajustamos para la gravedad específica, da un total de 86 pg/mL y 76 pg/mL en el segundo. Esa caída progresiva mínima se usó como justificación de que quizá el contacto accidental ocurrió una única vez", explica con detalle el biólogo Santos.
Sin embargo, hay un estudio que señala todo lo contrario. "¿Dónde está lo extraño? Pues que se analizó la farmacocinética del clostebol cuando ocurre por contacto con alguien que lo ha usado previamente -como en el caso Sinner y su fisioterapeuta-. En ese caso, analizaron que "el metabolito sólo es detectable durante las 48h posteriores al contacto", señala el experto. "Por tanto, el estudio contradice el expediente exculpatorio de Sinner, donde uno de los expertos afirmaba que 'es posible que el segundo resultado analítico adverso proceda de la misma administración/contaminación que el primero'. Siendo el segundo positivo a los ocho días del primero, esa afirmación no se sostiene", finaliza.
A pesar de tener argumentos para recurrir al TAS, la AMA sigue estudiando el caso, y aunque los 21 días que tenía para hacerlo han terminado, apela que aún no ha pasado el plazo desde que recibió el expediente completo para hacerlo. Si no recurriera, eximiría a Jannik Sinner de toda responsabilidad. La razón, aparentemente, radica en que desde el organismo internacional, como ocurrió en el caso de los nadadores chinos, lo que hacen es evaluar las opciones de éxito ante el TAS y según eso deciden si apelar o no. Pero la realidad es que lo hacen arbitrariamente. Recurren una sanción por clostebol de un año y aún no han recurrido, según aseguran, una absolución por clostebol, que según el Código Mundial Antidopaje, al dejar al deportista sin sanción, sería mucho más grave.