CASO RUBIALES

Extrañeza entre los expertos por el pago de la fianza de Rubiales por la aseguradora de la RFEF: "Suena rarísimo"

La póliza contratada por la Federación a Hiscox SA ha cubierto el pago de las fianzas por responsabilidad civil en un procedimiento penal.

El expresidente de la RFEF, Luis Rubiales, comparece en la Audiencia Nacional para recoger la notificación del procedimiento abreviado. /EFE/ Rodrigo Jimenez
El expresidente de la RFEF, Luis Rubiales, comparece en la Audiencia Nacional para recoger la notificación del procedimiento abreviado. EFE/ Rodrigo Jimenez
Natalia Torrente

Natalia Torrente

"Suena rarísimo", "es extraño" o "es la primera vez que me encuentro con una situación así". Son las frases más repetidas que numerosos especialistas en derecho penal han respondido cuando este medio les ha consultado sobre la última maniobra de Luis Rubiales en la Audiencia Nacional para abonar la fianza impuesta por el magistrado Francisco de Jorge, titular del Juzgado Central de Instrucción Nº1 de la Audiencia Nacional, de 130.000 euros en total para garantizar el pago de las Responsabilidades Civiles derivadas de la causa contra el expresidente (81.250 euros) y los otros tres encausados, Jorge Vilda —exseleccionador nacional—, Albert Luque —exdirector de la Selección masculina— y Rubén Rivera —exdirector de marketing— (16.250 cada uno).

Según ha podido saber Relevo, los cuatro exdirectivos solicitaron a la RFEF, a través de sus abogados, hacer uso de la cobertura de la póliza del seguro de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos que la institución tiene contratada desde 2021, pues la comisión de los presuntos delitos habría tenido lugar cuando todavía trabajaban para la institución. La RFEF se puso manos a la obra y tras la notificación oficial por parte del tribunal el pasado viernes, en apenas 24 horas, la compañía aseguradora Hiscox SA ha comunicado al tribunal que prestará la fianza para garantizar el pago de las Responsabilidades Civiles que pudieran derivarse de la causa contra los cuatro investigados, además de sostener que responderá también de las responsabilidades civiles en caso de condena. Pero, ¿es común este proceder? Vayamos paso a paso.

¿Qué tipo de seguro tiene contratado la RFEF?

El seguro que tiene contratado la RFEF, denominado D&O (del inglés Directors & Officers), suele cubrir la Responsabilidad Civil de los posibles delitos cometidos por los administradores y directores en el desarrollo de sus funciones. En caso de que se tratara de un procedimiento penal, como es este caso, y derivaran responsabilidades civiles a su término, la aseguradora sólo se haría cargo si el delito no fuera considerado como "doloso", es decir, el que se comete con "dolo" o con intención maliciosa de provocar el daño causado.

Sin embargo, según señala Javier Latorre, secretario general de la Asociación Española de Derecho Deportivo, "el asegurador debe indemnizar si la persona que reclama es el tercero perjudicado, a quien no puede oponerle el dolo del asegurado", es decir, si la parte afectada reclamara la indemnización por Responsabilidad Civil al final del procedimiento en caso de que la hubiera, la compañía aseguradora tendría que responsabilizarse aunque después se lo reclamara al asegurado por considerarse un delito doloso.

Hiscox SA, la compañía aseguradora contratada con la que se ha puesto en contacto Relevo —y ha confirmado que por política de empresa, no pueden hacer declaraciones — incluye en su propia página web las obligaciones de un directivo. Entre ellas se encuentran las denominadas como 'civiles', es decir, aquellas por las que debe actuar con diligencia para evitar daños a terceros y responder adecuadamente a actos y omisiones; y las 'penales', por las que evitarían la participación en delitos, ya sea como autor o partícipe por omisión. En este contexto, señala una de las especialistas consultadas, la RFEF se "habría saltado todos los protocolos a la hora de activar la póliza con Hiscox SA para dar cobertura a los directivos encausados".

De hecho la propia RFEF, tal y como ha confirmado a Relevo, aunque en un principio asumió la defensa legal de los implicados, les comunicó semanas después, cuando Luis Rubiales fue inhabilitado por FIFA, que cada ejecutivo debería asumir la elección y coste de sus abogados pues entendían que se trataba de unos hechos que no habían tenido lugar en el desarrollo de sus funciones.

¿Suelen pagar las aseguradoras las fianzas por delitos penales?

Lo habitual es que si tienes contratado un seguro de Responsabilidad Civil, como es el caso de la RFEF, las compañías de seguros en un procedimiento penal no se hagan cargo de los pagos hasta que no haya una resolución final, es decir, cuando el juicio haya terminado. Todos los especialistas consultados por Relevo coinciden: "Sin ver la póliza contratada es difícil, pero lo habitual es que en caso seguros de responsabilidad civil es que la asistencia jurídica de la aseguradora no actúe como provisión de fondos, sino cuando haya resoluciones judiciales finales del procedimiento". Por tanto, es poco común que una compañía de seguros cubra la fianza para garantizar la Responsabilidad Civil antes de que el juicio se haya celebrado, más si se trata de un procedimiento penal.

¿En el caso de un presunto delito de agresión sexual, la compañía se hace cargo de la responsabilidad civil?

Aquí llega otra de las claves. En el caso del presunto delito de agresión sexual imputado a a Luis Rubiales, los especialistas consultados por Relevo también convienen en que "el que actúa no es el presidente de la RFEF, sino un sujeto que se llama Luis Rubiales". "Los seguros van asociados al cargo. A mi juicio la Responsabilidad Civil tiene que ser algo ligado al cargo. No a un delito de iniciativa privada, de carácter individual. Si la aseguradora ha abonado la fianza es porque la póliza lo dice expresamente o tiene una redacción tan amplia que cubre todas las opciones", señala Alberto Palomar, experto en derecho deportivo y profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Carlos III.

Una especialista en la abogacía relacionada con las compañías de seguros explica a Relevo: "Normalmente estas pólizas tienen numerosas exclusiones para este tipo de responsabilidad. Suelen cubrir un tema civil y esto, en cambio, se trata de un tema penal. Este tipo de responsabilidades no las suelen cubrir. La clave está en la póliza, pero desde luego, si está incluido, no es un tipo de póliza habitual. Es rarísimo que cubra a cuatro ejecutivos y más en un delito penal presuntamente cometido a título individual".

Caso distinto sería el presunto delito de coacciones

"En el caso de la imputación del delito de coacciones es más dudoso porque se puede entender que devienen de su gestión como ejecutivos de la RFEF. En este caso no sería nada contra natura que lo cubra la aseguradora porque se centra en cómo has ejercido el cargo", señala Palomar.

"Lo extraño es que una aseguradora pueda cubrir este tipo de casos. Podría ir, incluso, contra Ley del Contrato de Seguros. La propia compañía podría pedir responsabilidades a la persona encargada que ha hecho este tipo de póliza, en caso de que realmente lo cubriera", refiere otra de las fuentes consultadas.

¿Cómo actúan las compañías ante la reclamación de la cobertura?

Aunque se trata de una cantidad económica que no es muy alta para una aseguradora, lo cierto es que ante un caso así, según señalan los expertos, se activa lo que se denomina "semáforo rojo" en las compañías. Tras la tramitación de la solicitud por parte de la entidad contratante, en este caso la RFEF, quien tendría que haber enviado el escrito del juzgado, es el departamento jurídico de la aseguradora quien tiene que dar luz verde a la cobertura. "En este tipo de casos se suele trasladar el expediente a algún despacho de abogados externo contratado por la compañía para que valore si la aseguradora está obligada a pagar y cuándo hacerlo". Tras un periodo aproximado de un mes, se responde la solicitud, algo que en este caso se ha reducido a apenas un día.

El desconcierto y la extrañeza, común entre los expertos

"La póliza contratada sería clave para saber por qué la RFEF tiene un seguro de Responsabilidad Civil que cubre delitos individuales en el marco de un cargo. Es difícil de entender", señala Alberto Palomar, quien sostiene que "no sabía que se podía asegurar la Responsabilidad Civil de una agresión sexual en el ejercicio del cargo. Son delitos de iniciativa privada, de carácter privado".

"Habría que ver la póliza en concreto. Si fuera un delito penal-económico sería otro asunto. Pero esto es un delito individual en el ejercicio de tus funciones. Es extraño", indica otra de las fuentes. "No es normal. Lo habitual es que no se paguen estas fianzas y menos tan rápido. Siendo un presunto delito de agresión sexual, llama la atención. Nos falta la letra pequeña. ¿Puede existir una póliza que cubra todo? Sí, depende de lo que se pague, pero desde luego es raro", confirma Latorre.

La víctima, sin cobertura legal

Lo más desconcertante de todo este asunto es que la propia víctima, la futbolista Jenni Hermoso, quien recibió el beso no consentido también en el desarrollo de sus funciones como jugadora de la Selección española, no ha sido amparada legalmente por ninguna institución y, a título privado, ha tenido que costearse los abogados que han defendido sus intereses durante la investigación que el magistrado titular del Juzgado Central de Instrucción Nº1 de la Audiencia Nacional, Francisco de Jorge, ha llevado a cabo en los últimos seis meses.

Ni la RFEF ni ninguna aseguradora contratada por la institución han ofrecido hacerse cargo ni han asumido el abono de los honorarios que la jugadora tendrá que sufragar al término del procedimiento para costear el trabajo de sus letrados, el bufete Senn, Ferrero, Asociados Sports & Entertainment, que lideró su representación jurídica y seguirá al frente de la defensa de sus intereses cuando el procedimiento abreviado, confirmado por la Audiencia Nacional el pasado viernes a los cuatro encausados, tenga lugar.