ATLETISMO

Mo Katir acude al TAS para rebajar su sanción de cuatro años y volver a competir antes de 2028

El atleta español fue sancionado con dos años por sus tres ausencias en controles antidopaje y otros dos más por falsear su defensa.

Mo Katir durante su participación en el Mundial de atletismo de 2023./AFP
Mo Katir durante su participación en el Mundial de atletismo de 2023. AFP
José M. Amorós
Darío Ojeda

José M. Amorós y Darío Ojeda

Mo Katir se niega a rendirse en su defensa y sigue buscando cómo lograr volver a competir antes de febrero 2028, acortando su sanción vigente por incumplir la normativa antidopaje. Según ha podido saber Relevo, el atleta español ha decidido apelar al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) la sanción de cuatro años que la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU) le impuso el pasado mes de diciembre por falsear pruebas para evitar los dos años de sanción tras cometer tres ausencias en controles antidopaje. En el mismo proceso, la propia AIU también ha recurrido para quitar los resultados de Katir desde su primera ausencia, lo que le haría perder su medalla de plata mundial de los 5.000 metros en la temporada 2023 en Budapest.

A diferencia de otros procesos conocidos y recientes, según ha podido confirmar este medio, el TAS revisará toda la documentación del caso y no se celebrará una vista con las partes antes de la decisión definitiva, de la que todavía se desconoce la fecha de publicación. Por ese motivo no aparece en la previsión de vistas que publica la web del TAS. Las partes tenían de plazo 30 días para presentar sus recursos a partir de la decisión del pasado 11 de diciembre.

El proceso sancionador de Katir: ausencias, falsificaciones y una 'nueva' investigación de la AIU

Para llegar al principio del proceso sancionador con Katir, hay que trasladarse al año 2023, cuando el atleta de Mula no estuvo presente en tres controles antidopaje, en el día y hora indicada en su aplicación del sistema ADAMS que están obligados a actualizar los atletas de élite incluidos en los grupos de control.

Los deportistas están obligados a indicar una hora y lugar al día en los que tienen que estar disponibles para posibles controles antidopaje. Si a la hora y lugar indicados se presenta un agente de control y el deportista no está, acumula una ausencia injustificada. Si llega a tres en un doce meses, puede ser sancionado.

En el caso de Katir, se ausentó de tres controles sorpresa el 28 de febrero, el 3 de abril y el 10 de octubre de 2023. En dos de esas tres ausencias, el atleta español presentó documentación que no coincidía con sus argumentos de defensa, pero para encontrar el motivo que le llevó a recibir una nueva sanción con otros cuatro años [que cumple en paralelo a la primera sanción de dos años] hay que centrarse solo en la primera ausencia, la del 28 de febrero de 2023.

En su defensa, Katir explicó que ese mismo día, antes de la visita del agente de control, había comprado un billete para viajar desde Alicante a Lisboa [el vuelo FR3267 de Ryanair] por una urgencia de su pareja. En cambio, la reserva que entregó a la AIU en sus alegaciones estaba fechada dos días antes.

En un primer momento, el atleta aceptó la infracción, pero la AIU decidió seguir investigando las explicaciones que había recibido y encontró algo más que una mentira en el momento de la compra: descubrió que Ryanair no había operado ningún vuelo en la fecha indicada, pero sí el día 26; que el itinerario de vuelo entregado por Katir indicaba que el día era domingo, cuando el 28 de febrero había sido martes; que el mismo documento recogía las dos fechas (26 y 28 de febrero); y que había irregularidades en el tamaño, la forma o la fuente.

En definitiva, la AIU descubrió que Katir había falsificado los documentos, algo que acabó reconociendo el atleta el 3 de abril de 2024. Katir confesó que había alterado el itinerario de vuelo, la tarjeta de embarque y la reserva utilizando Instagram. También confesó que había viajado el 26 de febrero y no el 28 y que el motivo era el cumpleaños de su novia. ¿Y qué ocurre ante esto? Estas maniobras incurren en una infracción llamada tampering o manipulación, incluida en el artículo 2.5 del Código Mundial Antidopaje. "Atrás han quedado los días en que las explicaciones ofrecidas en los casos de antidopaje se aceptaban sin más", dijo sobre el caso de Katir el jefe de la AIU, Brett Clothier.

La AIU quiere quitarle la medalla mundial de Budapest

En el mismo proceso de apelación, la AIU también ha recurrido la sanción para intentar que Katir pierda también los resultados obtenidos durante casi todo 2023. La decisión del árbitro privado que añadió otros dos años a la fecha de finalizacion de la sanción a Katir el pasado mes de diciembre, rechazó esa petición de la AIU.

La sanción inicial arrebató al atleta español lo conseguido entre el 10 de octubre de 2023 (fecha de su tercera ausencia no justificada) y el 7 de febrero de 2024, cuando la AIU lo sancionó de manera provisional. Pero, por su parte, el órgano encargado de velar por la integridad del atletismo internacional quería ampliar ese período hasta el 9 de marzo de 2023, día en que Katir presentó las pruebas falsas para justificar su primera ausencia. Eso le habría dejado, entre otros resultados, sin la medalla de plata que ganó en la prueba de 5.000 metros de los Mundiales de Budapest celebrados en agosto de ese mismo año.

El árbitro rechazó sus argumentos. "En el presente caso, la manipulación sucedió al tiempo de su primera ausencia y el atleta no se ha beneficiado de una ventaja competitiva", recoge el documento. Por ese motivo, Katir no perdió ni las medallas ni los premios obtenidos antes del 7 de febrero de 2024. Ahora, la AIU apela al TAS en busca de una anulación de resultados más extensa.