ATLETISMO

El campeón de España de maratón Hamid Ben Daoud, sancionado cuatro años por dopaje en su pasaporte biológico

El TAS también sanciona a Abdelaziz Merzougui contradiciendo al TAD español y afirmando que sí se podía sancionar por pasaporte biológico en España.

Hamid Ben Daoud celebra su título nacional de maratón en Barcelona el pasado mes de marzo./RFEA/SPORTMEDIA
Hamid Ben Daoud celebra su título nacional de maratón en Barcelona el pasado mes de marzo. RFEA/SPORTMEDIA
José M. Amorós

José M. Amorós

El campeón de España de maratón Hamid Ben Daoud pierde su título y recibe una sanción de cuatro años por irregularidades en su pasaporte biológico. El Tribunal de Arbitraje Deportivo internacional (TAS) le impone la pena por entender demostrado que mejoró su rendimiento a través de dopaje sanguíneo en 2018 y contradice así la resolución del tribunal español que le liberó de sanción alguna en abril de 2024 por entender que la herramienta del pasaporte no era sancionable en España. En dicha decisión, por los mismos motivos y con idéntico castigo, también es sancionado el internacional español Abdelaziz Merzougui, también por cuatro años.

La sanción se inicia desde mediados de abril y se alargará hasta la misma fecha de 2029. Por lo tanto, Ben Daoud no estará en el próximo Mundial al aire libre de Tokio, donde ahora mismo tenía la mejor marca española de este 2025 y donde, sin esta sanción, hubiera viajado en el equipo nacional.

El campeón de España de maratón, sancionado cuatro años por dopaje en su pasaporte biológico.

Hay que recordar que Ben Daoud se coronó como campeón de España el pasado 16 de marzo en Barcelona corriendo en la cuarta mejor marca española de la historia [2:06:49]. Un campeonato que el atleta nacido en Marruecos y afincado en Zamudio (Vizcaya) pudo correr gracias a que el TAD español anuló la sanción de cuatro años impuesta por la CELAD al entender la falta de un marco normativo que permitiera sancionar por anomalías en el pasaporte biológico. Es más, meses antes, el organismo ya había otorgado medidas cautelares para que pudiera participar en el selectivo nacional para formar parte del equipo español en los Juegos Olímpicos, aunque terminó no lográndolo.

Uno de los aspectos más llamativos de la resolución del TAS está en la eliminación de resultados: por la decisión de no abrir expediente sancionador a los atletas hasta varios años después de recibir dichos resultados por parte de la Comisión Española de Lucha contra el Dopaje en el Deporte (CELAD), entonces dirigida por José Luis Terreros, tanto Ben Daoud como Merzougui solo perderán los resultados, medallas y premios obtenidos desde la fecha en la que se inició el expediente sancionador, es decir, en julio de 2023.

"Es indudable que el pasaporte biológico es un método de prueba válido"

Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS)

Para ejecutar estas sanciones, el TAS expresa en su laudo que "es indudable que el pasaporte biológico es un método de prueba válido dentro del ordenamiento jurídico español y, en cualquier caso, en el contexto del arbitraje deportivo". Es decir, el máximo tribunal da vía libre para las sanciones por esta herramienta, a pesar de lo que han señalado las instancias españolas en los últimos años y gracias a una apelación de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).

En el caso de Ben Daoud, el TAS señala especialmente dos alteraciones de su pasaporte biológico que, en opinión de los expertos, serían derivadas de la utilización de métodos dopantes. Además, se desvela que ambos controles coincidían con dos competiciones importantes del calendario de Ben Daoud: el Maratón de Valencia de 2018 y el Campeonato Mundial de cross en 2019. "Presenta un rasgo característico de la manipulación de la sangre, que afecta a las muestras, las cuales coinciden con dos competiciones", señalan desde el Panel de Expertos.

Sobre la explicación del atleta sobre que sería fruto de una estancia en altura, afirman que "los valores observados en la muestra no se corresponden con la respuesta eritropoyética que suele aparecer durante estancias cortas en altitud o después de estas. [...] Es muy probable que se usase una sustancia prohibida y/o un método prohibido". Finalmente, señalan que la comisión de un dopaje sanguíneo tiene una probabilidad científica "superior al 99%".

También es reseñable que, en este periodo y justo tres años después de los resultados que hoy han sancionado a Ben Daoud, en 2021, el atleta pudo competir en Valencia y consiguió igualar el récord de España de maratón con una marca de 2:06:35. Este registro, tras esta decisión del TAS, seguirá vigente en los rankings por la praxis de la CELAD.

El TAS reprende a Terreros

A pesar de que termina por sancionar a Ben Daoud y Merzougui, el TAS también da un toque de atención al trabajo de la CELAD de José Luis Terreros por el retraso en el proceso de sanción durante "casi tres años" desde que recibió los resultados, permitiendo seguir compitiendo a los dos atletas sin "explicaciones que expliquen este lapso de tiempo": "Estos retrasos, de aproximadamente tres años, fueron arbitrarios e impropios de cualquier organización antidopaje nacional y, más aún, de la AMA. [...] Deviene en una afección a la integridad de las diversas competiciones que tuvieron lugar en un plazo de tres años".

En una última instancia, Ben Daoud y Merzougui podrían acudir al Tribunal Federal Suizo para someter el laudo del TAS e intentar no cumplir la sanción. Ante la consulta de Relevo a su asesor legal sobre si esto se llevará a cabo, todavía no ha recibido respuesta.