Los duros 'palos' del TAS contra el antidopaje español en la Era Terreros: "Fueron arbitrarios"
El laudo del Tribunal de Arbitraje Deportivo internacional, que sanciona a Ben Daoud y Merzougui, señala a la agencia española en la etapa de José Luis Terreros por haber afectado "a la integridad de las competiciones".

La sanción de cuatro años al campeón de España de maratón Hamid Ben Daoud y al internacional español Abdelaziz Merzougui, adelantada el 1 de mayo por Relevo, ha despertado un sinfín de debates y análisis sobre un castigo que debió llegar hace cinco años y que se ha alargado hasta el 2025 por el caos del antidopaje español con la validez de la herramienta del pasaporte biológico.
La decisión de no abrir expediente a Ben Daoud y Merzougui tomada por José Luis Terreros, exdirector de la Comisión Española de la Lucha contra el Dopaje en el Deporte (CELAD) y que salió de su cargo por la presión del CSD tras las investigaciones de Relevo sobre la falta de castigo a resultados adversos de deportistas españoles, provocó que ambos atletas pudieran seguir compitiendo e, incluso, el primero llegara a batir el récord nacional de maratón en 2021. Todo bajo la creencia y concepción de que, en España, no se podía sancionar, todo basado en las decisiones judiciales de la justicia española en casos previos como el del ciclista Ibai Salas.
Ya durante las investigaciones llevadas a cabo entre finales de 2023 e inicios de 2024, varios expertos antidopaje señalaron a este medio que no incoar estos expedientes era una mala praxis y que provocaba injusticias deportivas, ya que los deportistas que hacían saltar los filtros con sus baremos del pasaporte biológico podía seguir compitiendo y 'robaban' resultados a competidores limpios. En esas teorías, siempre se señalaba que la función de la CELAD "no debía ser decidir si se podía sancionar o no", sino abrir el expediente en tiempo y forma, y luchar por una sanción que hiciera más limpio el deporte, que es la función principal del organismo. Es decir, si la justicia nacional liberaba al deportista por esta teoría de que no era posible sancionar en territorio nacional, la CELAD debía seguir su procedimiento y terminar yendo a tribunales internacionales, como el TAS, para lograr la sanción.
Ahora, con Terreros fuera de juego y con una CELAD comandada por el exnadador Carlos Peralta al frente, el TAS justifica este camino consumando una sanción de cuatro años a dos de los maratonianos que mejores resultados han sumado en los últimos años, contradiciendo al TAD nacional que les exoneró de pena alguna. Pero el TAS no ha querido quedarse ahí y el Árbitro Único de este laudo, el chileno Juan Pablo Arriaga, ha querido dar varios 'palos' a la Agencia Española Antidopaje por sus decisiones y también a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) por su inacción en el control.
Tres años sin expediente... y sin explicación
En primer lugar, evidentemente, sobre el asunto más llamativo del Caso Ben Daoud-Merzougui: los tres años que tardó Terreros en abrir el expediente sancionador. "El Árbitro Único advierte que la AMA y la CELAD no proporcionaron explicaciones que justifiquen el lapso de tiempo transcurrido entre la redacción de los informes que señalaban el dopaje (29 de febrero de 2020 para Merzougui y 2 de octubre de 2020 para Ben Daoud) y la incoación de los expedientes sancionadores (18 de julio de 2023 para Merzougui y 19 de julio de 2023 para Ben Daoud)", se puede leer en el documento de sanción al que accedió Relevo.
Es por ello que el TAS pone de relieve que dejar 'en el cajón' durante tres años unos casos como estos va en contra de la lucha antidopaje y su forma de ser: "El Árbitro Único no puede sino inferir que estos retrasos, de aproximadamente tres años, fueron arbitrarios e impropios de cualquier organización antidopaje nacional y, más aún, de la AMA". Y afirma que es "una anomalía administrativa susceptible de ser mejorada" y una "dilación injustificada".
Incluso, desde el tribunal se deja caer que esa decisión pudo provocar dudas sobre la sanción o la absolución de Ben Daoud y Merzougui, a pesar de que el Panel de Expertos afirma que utilizaron dopaje sanguíneo en un 99%, ya que ambos atletas, defendidos por el abogado especializado español José Rodríguez, señalaron en un primer momento esta demora como causa de indefensión para lograr ser liberados. Finalmente, no lo lograron porque la estrategia de defensa cambió hacia la ilegalidad del pasaporte biológico en España: "El Árbitro Único entiende la posible afectación y en ningún caso desea avalar estos retrasos, [pero] considera que, más allá de un plano teórico, no se produce una real vulneración de su derecho a la defensa puesto ninguno de los Atletas siquiera sostuvo las explicaciones propuestas a los Paneles, en cambio, optando por impugnar la legalidad del pasaporte biológico".
"Hubo una afección a la integridad de las diversas competiciones que tuvieron lugar en los tres años"
Otro de los palos más importantes contra la CELAD es las consecuencias que ha podido provocar la decisión de no iniciar el expediente sancionador, dejando que los atletas pudieran seguir compitiendo contra atletas limpios que se veían relegados en puestos y momentos de gloria. Señala que la dilación injustificada "deviene en una afección a la integridad de las diversas competiciones que tuvieron lugar en un plazo de tres años".
Por si fuera poco, la resolución del TAS termina con una decisión que deja en mala imagen de la CELAD dirigida por Terreros, ya que decide eliminar los resultados de Ben Daoud y Merzougui solo y exclusivamente desde que el exdirector de la agencia española decidiese abrir los expedientes. Por lo tanto, el récord nacional logrado por Ben Daoud en Valencia en 2021, un año después del informe que señalaba su posible dopaje sanguíneo, seguirá vigente y no se eliminará de la lista de marcas: "Queda claro que existió una demora en la imposición de las sanciones, producto de la dilación de parte de la CELAD en la incoación de los expedientes. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30.3 LOPSD 2015, el Árbitro Único considera justo y apropiado que la anulación de los resultados competitivos de los Atletas comiencen a partir de la incoación de los expedientes en su contra".
Teniendo en cuenta esto, el único gran resultado que pierde Ben Daoud es su oro en el Campeonato de España celebrado en Barcelona el pasado mes de marzo que, más pronto que tarde, pasará a las manos de Jesús Olmos, popularmente conocido como 'Frutero Runner'. En resumen, el TAS y los tribunales internacionales vuelven a señalar la mala praxis de la lucha antidopaje española en los últimos años que le ha llevado a estar en la 'lista negra' de la AMA varios meses tras la salida de Terreros de su despacho de la Plaza de Valparaíso.